Propuesta para la creación de una Autoridad Ambiental Independiente

Comisión especial del Grupo de Diálogo Minería y Desarrollo Sostenible elabora una propuesta para la creación de una Autoridad Ambiental independiente de la regulación del Ministerio de Energía y Minas, relacionada al sistema nacional ambiental y en el marco de la Ley General del Ambiente, que garantice la fiscalización adecuada de los estudios, fomente instrumentos y mecanismos de evaluación y monitoreo ambiental participativos, de alto nivel técnico, transparentes y permanentes.

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Labor Arequipa, El Taller y ISF presentan muestra fotográfica “Desde los Alpes a los Andes”

Dentro de las actividades ambientales del proyecto PATE (Paternariado Sostenible para el desarrollo Humano y la Tutela del Medio Ambiente), la Asociación Civil Labor, Ingenieros Sin Fronteras de Trento – Italia (ISF) y la Asociación El Taller, presentaron la muestra fotográfica “Desde los Alpes a los Andes”.

Esta exhibición estará desde el día lunes 07 hasta el viernes 11 de agosto en la Casona Cultural de la Universidad Católica de Santa Maria, auspiciadotes de tan magno evento.

El Valle de Cembra en los Alpes de Italia y el Valle del Colca en el Perú Andino, son dos valles gemelos. La muestra nos presenta un análisis de la gran similitud que existe entre estos valles, profundizando en el paralelismo de ambos y destacando entre otros factores las imágenes de los ríos que cruzan dichos valles formando cañones que casi se confunden, así como la comparación en construcciones, las cuales fueron construidas con técnicas similares, entre otras muchas cosas.

El objetivo de estas escenas es el de hacer reflexionar sobre estos extraordinarios y maravillosos lugares del planeta, se ha intentado al mismo tiempo crear acercamientos de imágenes que asombren y estimulen la curiosidad entre las personas de manera provocante para profundizar y acercarse a una cultura diferente, pero que se ha desarrollado en un territorio similar.

Labor es partícipe en fiestas Arequipeñas

La Asociación Civil Labor y el Comité Inter. Institucional de Mejoramiento de la Salud Ambiental estuvieron presentes en el 466 Aniversario de Arequipa, obsequiando las cintas recordatorias del XVI ENCUENTRO INTERNACIONAL DE TUNAS, realizado el viernes 11 de Agosto en el Barrio Tradicional de San Lázaro.

Las Cintas fueron entregadas a las distintas delegaciones participantes, en donde el Coordinador de Labor en Arequipa el Sr. Edwin Guzmán y el Ing. Javier Moscoso Presidente del CIIMSA, fueron los encargados de colocar los distintivos a cada uno de los tunos visitantes y de nuestra ciudad.

De la misma manera los integrantes de Labor y miembros del CIIMSA compartieron momentos de suma alegría y júbilo con cada delegación que se presentaba, en el marco de unas fiestas que aún no acaban, dando claro ejemplo que en Agosto AREQUIPA ES FIESTA.

Apoyo Urgente! Camisea no ha aliviado la pobreza en el Perú

Hace algunas semanas, la Comisión de Relaciones Internacionales del Senado de los Estados Unidos, realizó una audiencia pública presidida por el Senador Richard G. Lugar, que buscaba corroborar si las inversiones que los organismos multilaterales dependientes de este país (BID) en el Proyecto Camisea, han logrado aliviar la pobreza y han cumplido con mejorar el nivel de vida de los ciudadanos peruanos. Lo que se dijo en esta audiencia, es realmente preocupante.

Durante esta, el Sub Secretario del Tesoro Norteamericano, Clay Lowery, comunicó la preocupación del Gobierno Norteamericano frente a la manera como este proyecto viene siendo ejecutado. “Camisea no ha sido un proyecto exitoso para los Estados Unidos. Estamos preocupados por los impactos que se pueden dar en los bosques amazónicos y en las poblaciones indígenas”, señaló el representante del Tesoro Americano.

Y es que Camisea no está siendo lo que nos prometieron: Cinco roturas del ducto en poco más de un año (que han dañado poblaciones y ecosistemas), modificaciones a los contratos y al marco legal de hidrocarburos para permitir la exportación del gas en lugar de atender las enormes necesidades energéticas de nuestro mercado interno, no obstante las limitadas reservas existentes y no obstante el pago de una compensación a favor del operador del proyecto para no exportar el gas, pago que todos los peruanos vienen realizando a través de sus recibos de luz y del cual ya se ha beneficiado la empresa para la construcción del ducto, y un estado ausente y silente frente a las irregularidades, son sólo algunas de las realidades que han motivado la mirada suspicaz del Gobierno Americano, poniendo el centro del debate a este controversial proyecto.

Los peruanos sabemos de la importancia de Camisea, y queremos que este tenga en cuenta el respeto a las diversas comunidades indígenas que son afectadas por este proyecto y la importancia de la conservación ambiental. Asimismo, es fundamental que este valioso recurso pueda brindarles a los más pobres la posibilidad de acceder a un mejor nivel de vida, otorgándoles energía a bajos costos.

El Senador Lugar, aseguró que el Proyecto Camisea será monitoreado constantemente. Camisea II está en marcha y los problemas de Camisea I aún no han sido solucionados. ¿Nos esperarán más roturas? ¿Podremos los peruanos aprovechar de manera real y sostenible nuestros recursos naturales?

Teniendo en cuenta esto último, es importante que los ciudadanos peruanos puedan expresarle al gobierno americano nuestro deseo de un Proyecto Camisea que cumpla con sus objetivos iniciales, y que tenga en el alivio de la pobreza su objetivo principal.

Por ello, mande un correo al Senador Richard G. Lugar,
senator_lugar@lugar.senate.gov , y escriba en el área de Asunto:

“Por un Proyecto Camisea para beneficio y desarrollo de los peruanos y respetuoso de los derechos humanos y del medio ambiente”

Unidos podremos lograr que los organismos multilaterales que dependen del Gobierno Americano (BID, Banco Mundial) respeten nuestros derechos a gozar de esta oportunidad de desarrollo.

Acción Ciudadana Camisea

Pronunciamiento sobre la Ley General de Desarrollo de la Biotecnología Moderna en el Perú

El hombre, especialmente del ande, en su relación con la naturaleza ha sabido mantener las riquezas de nuestro suelo. Hoy el Perú goza de los beneficios que dá ser uno de los ocho Centros de Origen de la Biodiversidad en el Mundo, ello también implica la responsabilidad de nuestros compatriotas ante los ciudadanos del mundo entero, pues la biodiversidad es patrimonio mundial y su conservación es el compromiso asumido frente a las generaciones futuras.

Sin embargo, nuestra biodiversidad se ve hoy en grave riesgo por el interés de algunas transnacionales en aplicar la biotecnología sobre las especies e introducir sus productos en territorio nacional y, para lograrlo, no han encontrado mejor manera que utilizar a algunos congresistas para aprobar una ley sin estudios sobre su impacto y sin atender los argumentos técnicos de instituciones y personalidades con amplia experiencia, preocupados porque la aplicación de esta tecnología pondrá en riesgo nuestra diversidad biológica y afectará el desarrollo de nuestra agricultura y del pueblo peruano, porque:

• Los productos transgénicos desarrollados no solucionan los problemas agronómicos con que se enfrenta el agricultor peruano y menos los de los pequeños agricultores.

• Una vez introducidos en el país estos productos, la contaminación de cultivos nativos y convencionales es inevitable por intercambio de semilla. Una vez liberados los organismos transgénicos en el campo no hay como “recuperarlos” y eliminarlos, en caso de que se identifique sus impactos negativos.

• El Perú exporta más a la Unión Europea, Japón y otros países de Asia que a Estados Unidos y estos países han impuesto restricciones a la importación de productos transgénicos.

• Existe gran potencial para la agricultura orgánica en Perú, con un crecimiento anual superior al 300 %. La contaminación de estos productos implicará el cierre de mercados, eliminando las posibilidades de tener productos distintivos, con denominación de origen.

• El Perú no cuenta con capacidad para realizar la trazabilidad de los productos para distinguir los transgénicos de los que no lo son, limitando su capacidad para etiquetarlos, lo que implicaría el rechazo en muchos países a nuestros productos.

• La ley fomenta la biopiratería, al permitir el registro de patentes por empresas extranjeras, sin tener en cuenta si han cumplido los requisitos en materia de acceso a los recursos genéticos.

• Son cuatro las compañías que dominan el mercado de organismos genéticamente modificados en el mundo. Darles entrada libre con todos los derechos implica una violación a las normas antimonopolio en el país.

• La contaminación de la diversidad nacional implicaría una pérdida de diversidad, crítica para el futuro de la humanidad.
La ley tiene grandes limitaciones y no establece las estrategias que se implementarán para que nuestro país cuente con las capacidades de bioseguridad que requiere la aplicación de la biotecnología.

El Perú como parte integrante de la Comunidad Andina de Naciones, se circunscribe en normativa que rige en toda la región, en la que se establecen medidas y obligaciones que todo país miembro debe cumplir, la ley aprobada, va en contra de la Decisión 486 y 345 de la CAN, sobre propiedad intelectual, abriendo la posibilidad de que las transnacionales que desarrollan la biotecnología a gran escala, introduzcan sus productos transgénicos, de cuyos impactos y problemas existen antecedentes en otras regiones.

El Perú necesita desarrollar tecnologías modernas, y capacitar a sus profesionales para usarlas de la forma más eficiente y provechosa, sin embargo, estas tecnologías deben responder a nuestras necesidades, realidades y potencialidades.
La ley aprobada por el Congreso peruano refleja una gran debilidad como país, así como la carencia de un plan estratégico de desarrollo, que nos permita definir claramente nuestros objetivos y metas en el mediano y largo plazo, por ello, las instituciones y personalidades abajo firmantes apelamos a que la Ley no sea aprobada por el Ejecutivo y sea devuelta para su discusión, considerando la participación de los especialistas en la materia.

¡ ADHESIONES al pronunciamiento en ilo@labor.org.pe !

A Consulta Pública Plan de Contingencia de La Oroya

Aprueba la Consulta Pública del Plan de Contingencia para Estados de Alerta por Contaminación del Aire en la Cuenca Atmosférica de La Oroya.

Decreto del Consejo Directivo
N 021 -2006-CONAM/CD

Lima, 23 de Junio de 2006

CONSIDERANDO:

el Consejo Nacional del Ambiente – CONAM es la Autoridad Ambiental Nacional según la Ley N° 26410, Ley de creación del CONAM, la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente y normas reglamentarias;

Que, mediante Decreto del Consejo Directivo N° 020-2006-CONAM/CD se aprueba el Plan “A Limpiar el Aire de la Cuenca Atmosférica de La Oroya” destinado a cumplir los Estándares Nacionales de Calidad del Aire con el objetivo general de proteger la salud de las personas y la calidad del ambiente;

Que, es necesaria la aplicación de medidas de contingencia para los estados de alerta por contaminación atmosférica en la cuenca atmosférica de La Oroya con la finalidad de reducir la exposición de la población a altos niveles de contaminación así como para reducir las emisiones en los episodios más agudos de contaminación, las cuales deben contar con la activa participación de la población afectada y el macroemisor;

Estando a lo acordado en la sesión extraordinaria del Consejo Directivo N° 102° , de fecha 23 de Junio de 2006;

Con la visación del Secretario Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la publicación con fines de Consulta Pública de la propuesta de Plan de Contingencia para los estados de alerta por contaminación atmosférica en la cuenca atmosférica de La Oroya, elaborada de acuerdo a la normatividad legal vigente a fin de recoger las opiniones y comentarios.

Artículo 2°.- La Secretaría Ejecutiva Regional Centro de CONAM – SER Centro, la Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA, el Ministerio de Energía y Minas y la Municipalidad Provincial de Yauli, La Oroya, deberán realizar las coordinaciones previas necesarias para la organización y aplicación del Plan de Contingencia.

Artículo 3°.- La Consulta Pública tendrá una duración de treinta (30) días calendario a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Los aportes al Plan de Contingencia podrán ser remitidos a cualquiera de las siguientes de direcciones: laoroya@conam.gob.pe; Sede Central de CONAM: Av. Guardia Civil N° 205, San Borja, Lima o sede de la SER Centro: Jr. Paucartambo N° 476 – Tarma.

Regístrese, comuníquese y publíquese

Plan de Contingencia para Estados de Alerta por Contaminación del Aire en la Cuenca Atmosférica de La Oroya

Decreto del Consejo Directivo
N° – 2006-CONAM/CD

Lima,
CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional del Ambiente – CONAM es la Autoridad Ambiental Nacional según la Ley N° 26410, Ley de creación del CONAM, la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; y normas reglamentarias;

Que, según lo dispuesto por el artículo 23° del Decreto Supremo N° 074-2001-PCM, la declaración de estados de alerta tiene por objeto activar en forma inmediata un conjunto de medidas destinadas a prevenir el riesgo a la salud y evitar la exposición excesiva de la población a los contaminantes del aire que pudieran generar daños a la salud humana;

Que, mediante Decreto Supremo N°. 009-2003-SA, modificado por el Decreto Supremo N° 012-2005-SA, se aprobaron los niveles de estados de alerta nacionales para contaminantes del aire, estableciéndose en la Disposición Complementaria Segunda la necesidad de aplicación de planes de contingencia en La Oroya para el material particulado (PM) y dióxido de azufre (S02);

Que, en cumplimiento de la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Supremo N° 009-2003 SA, el CONAM publicó con fecha 2 de septiembre de 2004, para Consulta Pública, el proyecto de Directiva para la aplicación del Reglamento de los niveles de estados de alerta nacionales por contaminación del aire, el cual finalmente fue aprobado por Decreto de Consejo Directivo 015-2005-CONAM-CD;

Que, el Gesta Zonal de Aire de La Oroya elaboró lineamientos básicos para el Plan de Contingencia que fueron remitidos a DIGESA quien elaboró la propuesta del referido Plan de Contingencia;

Que, la Resolución Ministerial N° 257-2006-MEM/DM que aprueba en parte la solicitud de la empresa Doe Run Perú de extender el plazo de cumplimiento del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental contiene medidas especiales y complementarias encontrándose dentro de ellas, el sistema de prevención en base a los estados de alerta, en aplicación del citado Decreto Supremo N° 009-2003-SA, modificado por el Decreto Supremo N° 012-2005-SA, estableciéndose la necesidad de cumplir con las acciones que se establezcan en el marco del Plan de Acción para el mejoramiento de la calidad del aire y de la salud de La Oroya y en su respectivo Plan de Contingencia para episodios agudos de contaminación del aire en La Oroya;

Que, es necesario aplicar al caso de La Oroya, lo dispuesto por el último párrafo del artículo 9° de la Directiva del CONAM aprobada por Decreto de Consejo Directivo 015-2005-CONAM-CD que establece que donde la información histórica y la experiencia de gestión acumulada por emisores y/o autoridades públicas, demuestre fehacientemente la presencia de una correlación constante de una determinada condición o fenómeno atmosférico con eventos de altas concentraciones de uno o más contaminantes declarados críticos, será posible declarar el estado de cuidado;

Estando a lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° , de fecha de 2006;

Con la visación del Secretario Ejecutivo.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Contingencia para episodios agudos de contaminación del aire en La Oroya cuyo objetivo general es el de proteger la salud de la población de La Oroya, especialmente de los grupos sensibles, ante episodios críticos de contaminación del aire proporcionando información oportuna, promoviendo comportamientos preventivos apropiados para reducir la exposición de las personas y la efectiva reducción de emisiones contaminantes.

Para efectos de la aplicación del presente Plan de Contingencia se considera grupos sensibles a los niños, gestantes, personas de tercera edad y personas con enfermedades respiratorias o cardiovasculares.

El Plan de contingencia tiene 4 programas y 16 medidas del Plan de Contingencia son como a continuación se indica:

MEDIDAS PARA EL ESTADO DE CUIDADO
1. Programa de Reducción de la Exposición de la Población
Medida 1:
Disponer que se limiten las actividades en exteriores de los grupos sensibles (niños, gestantes, personas de tercera edad y personas con enfermedades respiratorias o cardiovasculares) así como estudiantes de nivel secundario y deportistas

MEDIDAS PARA EL ESTADO DE PELIGRO
2. Programa de Reducción de Emisiones
Reducir el ingreso de lecho de fusión de plomo de 55 toneladas hasta 37 toneladas por hora en la máquina sinterizadora, para evitar alcanzar el estado de emergencia y salir de los estados de alerta.
– Para mantener la temperatura en la chimenea se ingresará antracita, de acuerdo a los requerimientos técnicos.
– Para mantener el balance de carga en la máquina se incrementará el ingreso de sinter fino, de acuerdo a los requerimientos
– La cantidad de reducción (1-18 toneladas) será calculada de acuerdo al modelo de predicción de contaminantes, establecido para el fin. Mientras no se cuente con el modelo de predicción, de forma preventiva, la reducción será de 18 toneladas de manera obligatoria.
– La empresa podrá reducir a más de 18 toneladas el ingreso de lecho de fusión de plomo, si lo considera necesario.

1. Programa de Reducción de la Exposición de la Población
Medida 3:
Disponer que se limiten las actividades en exteriores de los grupos sensibles (niños, gestantes, personas de tercera edad y personas con enfermedades respiratorias o cardiovasculares) así como estudiantes de nivel secundario y deportistas
– Se dispondrá el cierre de puertas y ventanas de los colegios y hospitales .
– Recomendar a la población en general limitar actividades en exteriores y cerrar puertas y ventanas de sus casas, oficinas y centros de trabajo.
– Se recomienda la protección o cobertura de los alimentos de expendio público.
– Otras que se determine DIGESA o CONAM según la necesidad.

MEDIDAS PARA EL ESTADO DE EMERGENCIA
2. Programa de Reducción de Emisiones
Medida 4:
1. Poner fuera de operación el convertidor de cobre 6, más el convertidor de cobre chico hasta el cese del estado de alerta.
Las horas de paralización diaria serán calculadas de acuerdo al modelo de predicción de contaminantes, establecido para el fin.
Mientras no se cuente con el modelo de predicción la suspensión de operaciones se efectuará hasta el cese del estado de alerta.
2. Reducir el ingreso de lecho de fusión de plomo de 55 toneladas hasta 30 toneladas por hora (en condiciones normales se ingresa 55 toneladas por hora) en la máquina sinterizadora, para salir del estado de alerta,
– Para mantener la temperatura en la chimenea se ingresará entre 2 a 3 toneladas por hora de antracita (en el mismo periodo de la acción anterior)
– Para mantener el balance de carga en la máquina se incrementará el ingreso de sinter fino de 150 toneladas por hora a 180 toneladas por hora.
– La cantidad de reducción (1-25 toneladas) será calculada de acuerdo al modelo de predicción de contaminantes, establecido para tal fin.
– Mientras no se cuente con el modelo de predicción, la reducción será de 25 toneladas de manera obligatoria.
– La empresa podrá reducir en más de 25 toneladas el ingreso de lecho de fusión de plomo, si lo considera necesario.
Nota: En los casos que el punto 2 no sea aplicable por distintas razones, se procederá a la parada total de la Planta de Aglomeración.

1. Programa de Reducción de la Exposición Poblacional
Medida 5:
– Disponer que se limiten las actividades en exteriores de los grupos sensibles (niños, gestantes, personas de tercera edad y personas con enfermedades respiratorias o cardiovasculares) así como estudiantes de nivel secundario y deportistas
– Disponer el cierre de puertas y ventanas de los establecimientos.
– Recomendar a la población en general limitar actividades en exteriores, cerrar puertas y ventanas de sus casas, oficinas y centros de trabajo.
– Protección o cobertura de los alimentos de expendio público
– De ser inevitable el tránsito o la permanencia de cualquier persona en la intemperie, especialmente de los grupos sensibles, se les recomendará el uso de mascarillas protectoras.
– Otras que determinen DIGESA o CONAM según las necesidades.

3. Programa de Comunicación
Medida 6:
Activar una alarma acústica claramente diferenciada de las alarmas existentes, al inicio de la declaración del estado de alerta y de manera horaria, hasta que se reduzcan las concentraciones por debajo del estado de alerta de emergencia establecido, sin necesidad que llegue al cese oficial del mismo.

MEDIDAS GENERALES
3. Programa de Comunicación
Medida 7:
Desarrollar un programa de información y sensibilización para la población en general, que contemple como mínimo:
– Informar a la población sobre la importancia de la aplicación del Plan de Contingencia para la protección de la salud en episodios críticos por contaminación del aire.
– Jornadas de capacitación dirigidas a profesores, medios de comunicación, grupos sensibles, etc.
– Inducción general en eventos públicos.
– Entrega de material didáctico impreso.
– Entrega de mascaras para usar en el estado de emergencia
– Participación de las autoridades y funcionarios, durante los estados de alerta, dando el ejemplo de la aplicación de las medidas.

Medida 8:
Conformar el Comité de Contingencia que funcione como plataforma de coordinación para la aplicación de los estados de alerta, sin perjuicio de las responsabilidades directas de la Autoridad de Salud.

Medida 9:
El macroemisor (DOE RUN), adecuará y ampliará la red de monitoreo (incluyendo estaciones meteorológicas), considerando entre otras cosas la ubicación, el diseño de mecanismos de enlace y de reportes de información, control y aseguramiento de la calidad para la veracidad de los datos, así como los mecanismos de auditoria independiente de la red, de acuerdo a las recomendaciones que DIGESA establezca de inmediato. La red podrá ser sujeta a verificación inopinada por parte del CONAM en su calidad de Autoridad Ambiental Nacional.

Medida 10:
Establecer un modelo de predicción que entregue valores máximos de concentración para cada una de las estaciones evaluadas y permita la aplicación de los estados de alerta de manera preventiva

Medida 11:
Disponer el izado de banderolas de color en los principales locales de referencia o servicio público previamente establecidos (mercados, terminales terrestres, bancos, hospitales, etc.) de acuerdo a las concentraciones existentes, y según los limites establecidos para los estados de alerta por D.S. 012-2005SA. Los colores establecidos son:
Estado de Cuidado : Amarillo
Estado de Peligro : Naranja
Estado de Emergencia : Fucsia

Medida 12:
Instalar y operar paneles luminosos en lugares visibles para la población de La Oroya Antigua parte baja, La Oroya Antigua parte alta, Huaymanta, Marcavalle, Sacco, Chuccis, Curipata.
Los paneles reportarán el estado de la calidad del aire e informarán el estado de alerta que corresponda y las medidas a ser adoptadas según corresponda..
La implementación del sistema de información remota a tiempo real de la calidad del aire y meteorológica en los plazos establecidos, incluirá la difusión de información en tiempo real de las condiciones meteorológicas y el nivel de concentración de SO2 y PM10 registrado.

4. Programa de Fiscalización
Medida 13:
El macroemisor deberá reportar a DIGESA, CONAM y CAM de manera obligatoria y en un plazo no mayor a 30 días, las actividades realizadas por su empresa, desde la declaración de cada estado de alerta hasta su cese; tanto para el estado de cuidado como el de emergencia, este informe debe incluir entre: tipo de estado de alerta y frecuencia, variaciones temporales de emisiones, niveles de concentraciones, insumos empleados, calidad de concentrados usados y otros.

Medida 14:
El Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección de Fiscalización, verificará el cumplimiento de los niveles de reducción de emisiones comprometidos por DOE RUN y lo remitirá a CONAM y DIGESA.

Medida 15:
El CONAM realizará un estudio especial de verificación del cumplimiento del Plan de Contingencias, cuando lo considere necesario. Los costos que esta actividad implique serán asumidos por el macroemisor

Medida 16:
Cuando se considere necesario, el macroemisor será responsable de evaluar el impacto de las emisiones de los contaminantes sobre la salud de las personas, mediante estudios específicos solicitados por CONAM en coordinación con DIGESA, a fin de verificar la efectividad de las medidas implementadas del presente plan y además permita establecer medidas complementarias a fin de salvaguardar la salud de las personas.

Artículo 2°.- Para facilitar y coordinar la implementación y monitoreo de las medidas del plan de contingencia, se conformará un Comité Técnico de Contingencia que cumplirá las siguientes funciones,

a. Sensibilizar a la población sobre la importancia de la aplicación del Plan de Contingencia para el cuidado de la salud;
b. Promover la implementación adecuada y oportuna de las medidas, responsabilidades y mecanismos establecidos en el plan de contingencia, incluyendo el monitoreo de la eficiencia y eficacia del Sistema de Control

Suplementario del macro emisor.
c. Proponer las adecuaciones necesarias a las medidas del plan de contingencia a fin de optimizar su eficiencia y eficacia;
d. Conocer y opinar sobre los informes generados por la Secretaría Técnica del Comité Técnico de Contingencia sobre la ejecución de cada una de las medidas del plan de contingencia;

El Comité Técnico de Contingencia de La Oroya será conformado con los representantes acreditados de las siguientes instituciones / sectores:

1. Municipalidad Provincial de Yauli – La Oroya, que actuará como Secretaría Técnica de este Comité en calidad de autoridad ambiental local y responsable del sistema provincial de defensa civil.
2. Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA o quién lo represente (prioritariamente la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de la Dirección Regional de Salud de Junín).
3. Dos representantes de la Unidad de Gestión Educativa – UGEL.
4. Policía Nacional.
5. Empresa Doe Run Perú.
6. Parroquia de La Oroya – Arzobispado de Huancayo.
7. Movimiento por la Salud de La Oroya.
8. Medios de comunicación radial.
9. Tres representantes de las organizaciones civiles de La Oroya
10. Sindicato de los trabajadores metalúrgicos de La Oroya.
11. Consejo Nacional del Ambiente – CONAM.

Procédase primero a la práctica de simulacros en los tres tipos de estados de alerta y luego a su implementación en coordinación estrecha con el conjunto de actores relevantes incluidos DIGESA, Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, CONAM y la Municipalidad Provincial de Yauli.

Artículo 3°.- Encárguese a la Secretaría Ejecutiva Regional del Centro del CONAM, el seguimiento para el cumplimiento del Plan aprobado con el presente Decreto del Consejo Directivo, debiendo reportar semestralmente a la Secretaría Ejecutiva los avances y dificultades.

Artículo 4°.- Disponer la publicación del Plan de Contingencia en el Diario Oficial El Peruano y en la página web del CONAM: www.conam.gob.pe

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS LORET DE MOLA
Presidente del Consejo Directivo

Aprobaron el PLAN DE ACCIÓN PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DEL AIRE EN LA CUENCA ATMOSFÉRICA DE LA OROYA

Mediante el Decreto del Consejo Directivo Nº 020-2006-CONAM/CD, de fecha 23 de julio de 2006, publicada el día de hoy 02 de agosto, el CONAM, aprobó el “Plan de Acción del Aire en la Cuenca Atmosférica de la Oroya”.

Dicho Plan deberá cumplir los ECAs de Aire con el objetivo general de proteger la salud de las personas y la calidad del ambiente a través de la implementación de estrategias, políticas y medidas de acción directas, concertadas y participativas para controlar la contaminación ambiental, reduciendo las emisiones netas de chimeneas y fugitivas del Complejo Metalúrgico y otras; así mismo se aplicarán medidas complementarias, sanitarias y ambientales, para mitigar los efectos en la salud de la población de la Oroya.

El documento consta de ocho (08) Objetivos y veintitrés (23) Metas, enmarcados en dos líneas de acción:

· Medidas para mejorar la calidad del aire y prevenir su deterioro (Objetivo del 1 al 5- Metas del 1 al 16).

· Medidas de vigilancia de la calidad del aire y la salud (Objetivo del 6 al 8-Metas del 17 al 23).

Por medio de esta norma se establecen especificaciones para la obtención de la Meta cuatro (4) del citado plan de acción, referida al cumplimiento de los valores para dióxido de azufre para el 31 de octubre de 2009 y la Meta ocho (8), referida al control de las emisiones fugitivas incluyendo actividades al 31 de diciembre de 2006; así como cumplimiento estricto de la Meta tres (3) y las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 0009-2003-SA y Decreto del Consejo Directivo Nº 015-2005-CONAM/CD, que aprueba la Directiva para la aplicación de los niveles de estado de alerta para contaminantes del aire.

Asimismo, se crea el Comité Técnico de Calidad de Aire de la Oroya, el cual está constituido por las instituciones integrantes del Grupo de Estudio Técnico Ambiental (GESTA) Zonal del Aire registrados en calidad de miembros oficiales y otros participantes regulares, cuya función será orientar la aplicación de las medidas y vigilar la eficacia del cumplimiento de las metas dispuestas por el Plan de Acción para la mejora de la calidad del Aire de la Oroya y el Plan de Contingencia, incluyendo la recepción y evaluación de los informes del Comité de Control y Seguimiento Ciudadano y otras instituciones que produzcan información relevante para las medidas Plan.

Por otra parte, se encarga a la Unidad de Cambio Climático y Calidad del Aire de CONAM, el seguimiento de los objetivos y metas de dicho Plan de Acción aprobado en estrecha coordinación con la Secretaría Ejecutiva Regional del Centro, debiendo reportar a ésta última los avances y dificultades.

Finalmente, se solicita a Doe Run la entrega a CONAM de dos copias detalladas de las auditorías semestrales y especiales establecidas por la R.M Nº 257-2006-EM y se establece que durante el primer semestre del año 2009, el CONAM emitirá un informe especial de verificación del cumplimiento del Plan de Acción aprobado por la presente norma.

El texto del Plan de Acción, será publicado en el Diario Oficial “El Peruano” y en la Página Web de CONAM: www.conam.gob.pe